Las capitulaciones matrimoniales en Ecuador son un acuerdo legal entre dos personas que van a contraer matrimonio, mediante el cual establecen el régimen económico que regirá su unión. Este contrato se puede firmar antes del matrimonio y permite a los futuros esposos organizar libremente la administración de sus bienes presentes y futuros.
Este instrumento es esencial para la planificación patrimonial, si los futuros cónyuges poseen bienes previos al matrimonio o para determinar las reglas de la sociedad conyugal a formarse con el matrimonio.
¿Qué dice la ley ecuatoriana sobre las capitulaciones matrimoniales?
Según el Código Civil, las capitulaciones matrimoniales deben cumplir con los siguientes requisitos:
- Firmarse antes de la celebración del matrimonio.
- Realizarse mediante escritura pública.
- Inscribirse en el Registro Civil y en el Registro de la Propiedad si involucran bienes inmuebles.
En ausencia de capitulaciones, automáticamente se aplica el régimen de sociedad conyugal, donde todos los bienes adquiridos durante el matrimonio se consideran de los dos cónyuges.
¿Para qué sirven las capitulaciones matrimoniales?
Las capitulaciones permiten:
- Elegir un régimen diferente al de sociedad conyugal, como separación de bienes.
- Establecer reglas claras sobre la administración, uso y destino de bienes e ingresos.
- Proteger patrimonios familiares o empresariales.
- Planificar en caso de divorcio o fallecimiento.
- Evitar conflictos legales en caso de separación.
¿Cuáles son los tipos de regímenes económicos en el matrimonio en Ecuador?
1. Sociedad conyugal (por defecto)
- Todos los bienes adquiridos durante el matrimonio se comparten, corresponde el 50% a cada cónyuge.
- Se requiere acuerdo para administrar y disponer de los bienes comunes.
2. Separación de bienes
- Cada cónyuge conserva la administración y propiedad de sus bienes.
- Ideal cuando hay patrimonios individuales consolidados.
3. Régimen mixto o personalizado
- Las partes pueden acordar un régimen híbrido que combine elementos de ambos modelos.
¿Qué deben contener las capitulaciones matrimoniales?
Un acuerdo de capitulaciones matrimoniales debe incluir:
- Datos personales de ambos contrayentes.
- Régimen económico elegido.
- Detalle de bienes actuales y su administración.
- Reglas específicas sobre ingresos, gastos, deudas, herencias y otros.
- Cláusulas sobre disolución o modificación del régimen.
¿Dónde y cómo se registran?
- Se elaboran mediante escritura pública ante Notario Público.
- Se inscriben en el Registro Civil, junto con el acta de matrimonio.
- Si hay bienes inmuebles, también deben inscribirse en el Registro de la Propiedad correspondiente.
Conclusión
Es recomendable firmar capitulaciones matrimoniales, cuando se presenten uno o varios de los siguientes escenarios:
- Uno o ambos cónyuges tienen empresas, propiedades o inversiones previas.
- Existen herencias familiares que se desean proteger.
- Se desea evitar la figura de la sociedad conyugal por razones personales o patrimoniales.
- Hay hijos de relaciones anteriores y se busca una planificación sucesoria clara.
En Sánchez y Barriga Abogados te acompañamos en cada paso para la gestión de capitulaciones matrimoniales.
- Información y asesoría previa a los futuros cónyuges.
- Redacción del acuerdo de capitulaciones matrimoniales.
- Tramitación ante Notario Público en inscripción.
- Modificación al régimen de capitulaciones matrimoniales.